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Trámites y servicios Participación Entidades
Energía Nuclear

El Gobierno Nacional, mediante el Decreto No. 0381 de 2012, le asigna al Ministerio de Minas y Energía la competencia de adoptar la política nacional en materia de energía nuclear y materiales radiactivos. Así mismo, le asigna dictar las normas y reglamentos para la gestión segura de materiales nucleares y radiactivos en el territorio colombiano. El mismo Decreto le fija la competencia de atender los compromisos de salvaguardias establecidos en acuerdos internacionales ratificados por el país y mantener actualizado el sistema nacional de contabilidad y registro de los materiales nucleares y, además, promover el cumplimiento de las normas y acuerdos internacionales en todos los asuntos relacionados con los usos pacíficos de la energía nuclear.

Información general
Reglamentación en Materia Nuclear

Reglamento de protección y seguridad radiológica "Norma Básica"

En cumplimiento del deber constitucional de garantizar la salud de los colombianos y la protección del medio ambiente, y en el marco de los compromisos adquiridos como Estado miembro del Organismo Internacional de Energía Atómica – OIEA, el 5 de diciembre de 2002, se expidió la Resolución 181434 de 2002, mediante la cual se adopta el Reglamento de Protección y Seguridad Radiológica, el cual constituye el marco regulatorio fundamental para el uso seguro de materiales radiactivos y nucleares coherente con la legislación nacional e internacional.

La Resolución, establece los requisitos y condiciones mínimas que deben cumplir y observar las personas naturales o jurídicas interesadas en realizar o ejecutar prácticas que involucran el uso de materiales radiactivos y nucleares que causan exposición a las radiaciones ionizantes. La norma también contempla la seguridad de las fuentes de radiación y resume el esfuerzo de expertos del OIEA y de la Comisión Internacional de Protección Radiológica – ICRP–.

Sistema de categorización de las fuentes radiactivas

De acuerdo con el Código de Conducta sobre la seguridad tecnológica y física de las fuentes de radiación y de las directrices sobre la importación y exportación de tales fuentes radiactivas, se expide la Resolución 180052 de enero 21 de 2008, donde se adopta el sistema de categorización, cuyo fundamento descansa en el daño potencial que la radiación puede causar a la salud humana.

Autorizaciones e inspecciones para el empleo de fuentes radiactivas

Todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras radicadas o con representación en el territorio nacional que dentro de la jurisdicción de la República de Colombia realicen actividades relacionadas con el uso de materiales radiactivos, deben poseer autorización otorgada por el Ministerio de Minas y Energía o su entidad delegada. En la Resolución 90874 del 11 de agosto de 2014, junto con las modificaciones y adiciones realizadas en la Resolución 41226 de diciembre 16 de 2016, se establecen los requisitos y condiciones mínimas que se deben cumplir para la obtención de los diferentes tipos de autorización, y se otorga al órgano regulador la potestad de vigilancia y control mediante inspecciones o auditorías regulatorias, para verificar las condiciones de protección radiológica y seguridad física de las instalaciones.

Licencia de importación de materiales radiactivos

La Resolución 181419 de noviembre 4 de 2004, establece los requisitos y el procedimiento para la expedición de la licencia de importación de todo tipo de material radiactivo destinado a uso médico, industrial, agrícola, veterinario, comercial, investigativo, docente u otros, para su aplicación y uso en todo el territorio nacional.

Gestión de desechos radiactivos en Colombia

En concordancia con la política para la gestión de los desechos radiactivos, publicada el 28 de diciembre de 2009, el Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución 180005 el 5 de enero de 2010, adoptando el reglamento para la gestión de los desechos radiactivos en el territorio colombiano. En paralelo con la divulgación de la norma y con el fin de establecer directrices para la adecuada gestión de los desechos radiactivos generados en la práctica de medicina nuclear, se publicó la Guía para la gestión de desechos radiactivos clase 2, con el objetivo de armonizar los niveles de dispensa mediante de un criterio regional aprobado, la Resolución 180005 de 2010, fue modificada el 2 de diciembre de 2016 por medio de la Resolución 41178 del 2 de diciembre de 2016.

Licencia para la prestación del servicio de dosimetría personal

Dado que para todo trabajador expuesto a radiaciones ionizantes se debe llevar un sistema de medición de dosis; las personas naturales o jurídicas que realicen actividades relacionadas con la prestación del servicio de dosimetría personal, encontrarán en la Resolución 181289 del 6 de octubre de 2004, los requisitos establecidos para la obtención de la licencia que permite prestar dicho servicio.

Reglamento para instalaciones nucleares

Con el objeto de reglamentar el licenciamiento para la Operación de Instalaciones Nucleares en Colombia, el 12 de noviembre de 2004, se expidió la Resolución 181475, mediante la cual se establecen los requisitos para la obtención de las licencias para: Operación, parada prolongada, modificación y desmantelamiento de este tipo de instalaciones.

Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos

La Resolución 181682 de diciembre 9 de 2005, adopta el reglamento que deben cumplir las personas naturales o jurídicas que, en cualquier calidad, participen en el transporte de materiales radiactivos en Colombia.

Acuerdos, Tratados y Convenciones Internacionales en materia Nuclear
Política para la gestión de desechos radiactivos en Colombia

En virtud de las funciones que facultan al Ministerio de Minas y Energía para la generación de políticas relacionadas con el uso de materiales nucleares y radiactivos, el 28 de diciembre de 2009, el Ministerio de Minas y Energía publicó el documento que establece los lineamientos que los usuarios de materiales nucleares y radiactivos deben seguir con el fin de garantizar la seguridad de los trabajadores, del público y del medio ambiente, tanto para las generaciones actuales como para las generaciones futuras.

La promoción de tales lineamientos está acorde con la normatividad nacional y con los estándares y recomendaciones internacionales, a fin de elevar el nivel de seguridad y reducir el riesgo radiológico. Este Ministerio mantendrá un proceso de revisión, que se adelantará con la participación de los diferentes actores involucrados.

Reglamento de protección y seguridad radiológica "Norma Básica"

En cumplimiento del deber constitucional de garantizar la salud de los colombianos y la protección del medio ambiente, y en el marco de los compromisos adquiridos como Estado miembro del Organismo Internacional de Energía Atómica – OIEA, el 5 de diciembre de 2002, se expidió la Resolución 181434 de 2002, mediante la cual se adopta el Reglamento de Protección y Seguridad Radiológica, el cual constituye el marco regulatorio fundamental para el uso seguro de materiales radiactivos y nucleares coherente con la legislación nacional e internacional.

La Resolución, establece los requisitos y condiciones mínimas que deben cumplir y observar las personas naturales o jurídicas interesadas en realizar o ejecutar prácticas que involucran el uso de materiales radiactivos y nucleares que causan exposición a las radiaciones ionizantes. La norma también contempla la seguridad de las fuentes de radiación y resume el esfuerzo de expertos del OIEA y de la Comisión Internacional de Protección Radiológica – ICRP–.

Sistema de categorización de las fuentes radiactivas

De acuerdo con el Código de Conducta sobre la seguridad tecnológica y física de las fuentes de radiación y de las directrices sobre la importación y exportación de tales fuentes radiactivas, se expide la Resolución 180052 de enero 21 de 2008, donde se adopta el sistema de categorización, cuyo fundamento descansa en el daño potencial que la radiación puede causar a la salud humana.

Autorizaciones e inspecciones para el empleo de fuentes radiactivas

Todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras radicadas o con representación en el territorio nacional que dentro de la jurisdicción de la República de Colombia realicen actividades relacionadas con el uso de materiales radiactivos, deben poseer autorización otorgada por el Ministerio de Minas y Energía o su entidad delegada. En la Resolución 90874 del 11 de agosto de 2014, junto con las modificaciones y adiciones realizadas en la Resolución 41226 de diciembre 16 de 2016, se establecen los requisitos y condiciones mínimas que se deben cumplir para la obtención de los diferentes tipos de autorización, y se otorga al órgano regulador la potestad de vigilancia y control mediante inspecciones o auditorías regulatorias, para verificar las condiciones de protección radiológica y seguridad física de las instalaciones.

Licencia de importación de materiales radiactivos

La Resolución 181419 de noviembre 4 de 2004, establece los requisitos y el procedimiento para la expedición de la licencia de importación de todo tipo de material radiactivo destinado a uso médico, industrial, agrícola, veterinario, comercial, investigativo, docente u otros, para su aplicación y uso en todo el territorio nacional.

Gestión de desechos radiactivos en Colombia

En concordancia con la política para la gestión de los desechos radiactivos, publicada el 28 de diciembre de 2009, el Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución 180005 el 5 de enero de 2010, adoptando el reglamento para la gestión de los desechos radiactivos en el territorio colombiano. En paralelo con la divulgación de la norma y con el fin de establecer directrices para la adecuada gestión de los desechos radiactivos generados en la práctica de medicina nuclear, se publicó la Guía para la gestión de desechos radiactivos clase 2, con el objetivo de armonizar los niveles de dispensa mediante de un criterio regional aprobado, la Resolución 180005 de 2010, fue modificada el 2 de diciembre de 2016 por medio de la Resolución 41178 del 2 de diciembre de 2016.

Licencia para la prestación del servicio de dosimetría personal

Dado que para todo trabajador expuesto a radiaciones ionizantes se debe llevar un sistema de medición de dosis; las personas naturales o jurídicas que realicen actividades relacionadas con la prestación del servicio de dosimetría personal, encontrarán en la Resolución 181289 del 6 de octubre de 2004, los requisitos establecidos para la obtención de la licencia que permite prestar dicho servicio.

Reglamento para instalaciones nucleares

Con el objeto de reglamentar el licenciamiento para la Operación de Instalaciones Nucleares en Colombia, el 12 de noviembre de 2004, se expidió la Resolución 181475, mediante la cual se establecen los requisitos para la obtención de las licencias para: Operación, parada prolongada, modificación y desmantelamiento de este tipo de instalaciones.

Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos

La Resolución 181682 de diciembre 9 de 2005, adopta el reglamento que deben cumplir las personas naturales o jurídicas que, en cualquier calidad, participen en el transporte de materiales radiactivos en Colombia.

En virtud de las funciones que facultan al Ministerio de Minas y Energía para la generación de políticas relacionadas con el uso de materiales nucleares y radiactivos, el 28 de diciembre de 2009, el Ministerio de Minas y Energía publicó el documento que establece los lineamientos que los usuarios de materiales nucleares y radiactivos deben seguir con el fin de garantizar la seguridad de los trabajadores, del público y del medio ambiente, tanto para las generaciones actuales como para las generaciones futuras.

La promoción de tales lineamientos está acorde con la normatividad nacional y con los estándares y recomendaciones internacionales, a fin de elevar el nivel de seguridad y reducir el riesgo radiológico. Este Ministerio mantendrá un proceso de revisión, que se adelantará con la participación de los diferentes actores involucrados.

Servicio de Dosimetría Personal

Se presenta el listado en orden alfabético de la Empresas que han obtenido Licencia de la Autoridad Reguladora Nuclear, para la prestación del servicio de dosimetría personal en el territorio colombiano:

Empresa Representante legal Tipo De Dosímetros Autorizados Dirección Ciudad Teléfono Contacto

ASPROMÉDICA DOSIMETRÍA S.A.S.

Carlos Alfonso Aguirre Hurtado

Licencia (Tecnología)
ASP-DS-004 (TLD)

Tipo
- Cuerpo entero
- Extremidades
- Cristalino

Fecha de vencimiento
26-12-2027

Carrera 43 No. 5C-82

Cali - Valle

(+602)5532444

dosimetria@aspromedica.com

CARE DOSIMETRY S.A.S.

David Ricardo Ariza Medina

Licencia (Tecnología)
CD-003-M1 (TLD)

Tipo
- Cuerpo entero
- Extremidades
- Cristalino

Fecha de vencimiento
18-11-2025

Cll 22 Norte # 6N-42, Of.402, Ed. Centro Granada

Cali - Valle

(+602)5143992

(+602) 514 6205

laboratoriotld@caredosimetry.com

Control Calidad RX S.A.S.

Leonardo Vega Vargas

Licencia (Tecnología)
CCRX-001 (TLD)

Tipo
- Cuerpo entero
- Cristalino

Fecha de vencimiento
21-11-2026

Cra 22 # 35-40, Of.229A

Bucaramanga - Santander

320 4437308

dosimetria@controlcalidadrx.com

DOSIMETRÍA PERSONAL S.A.S.

Sergio Zuleta Aguirre

Licencia (Tecnología)
DP-006 (TLD)

Tipo
- Cuerpo entero
- Extremidades
- Cristalino

Fecha de vencimiento
09-02-2027

Carrera 43 No. 50-51 Of. 206

Medellín - Antioquia

(+604)3221320

info@dosimetriapersonal.com

DOSIMETRICAL S.A.S.

Mauricio Cardona Rodríguez

Licencia (Tecnología)
DMC-001 (OSL, TLD)

Tipo
- Cuerpo entero
- Extremidades
- Cristalino

Fecha de vencimiento
04-01-2027

Calle 90 # 14-16, Of. 501

Bogotá - Cundinamarca

(601)7439447 - 317 6353692

dosimetrical@outlook.com

ISECURE S.A.S.

Bernardo Alberto Guerrero Urquijo

Licencia (Tecnología)
ISE-002 (TLD)

Tipo
- Cuerpo entero
- Extremidades

Fecha de vencimiento
05-08-2024

Cra 51 No 79-34

Bogotá D.C.

(+601)3084570

aguerrero@isecure.com.co

PRDOSIMETRÍA LTDA

Pedro Nel Ramírez Ramírez

Licencia (Tecnología)
PRD-006 (TLD)

Tipo
- Cuerpo entero
- Extremidades
- Cristalino

Fecha de vencimiento
19-01-2027

Carrera 38A No. 25A–16

Bogotá D.C.

(+601)4827546 - 3144442835

prdosimetria@hotmail.com

QA POSITRON S.A.S.

Diego Fernando Aponte Castañeda

Licencia (Tecnología)
QAP-001 (BeOSL)

Tipo
- Cuerpo entero
- Extremidades
- Cristalino

Fecha de vencimiento
09-03-2027

Calle 36 # 27-71

Bucaramanga - Santander

3014495401 - 3106079375

qapositron@gmail.com

RADPROCT LTDA

Lina Adriana Pulido Rodríguez

Licencia (Tecnología)
RL-006 (TLD)

Tipo
- Cuerpo entero
- Extremidades
- Cristalino

Fecha de vencimiento
02-03-2027

Carrera 14 No. 87 - 60

Bogotá D.C.

(+601)2368554 - 3165292700

info@radproct.com

SELIG DE COLOMBIA S.A.

Cristina María Henríquez Díaz

Licencia (Tecnología)
SC-006 (TLD, BeOSL)

Tipo
- Cuerpo entero
- Extremidades

Fecha de vencimiento
19-01-2026

Carrera 69 No. 78-40

Bogotá D.C.

(+601)4902000

saludocupacional@seligdecolombia.com

SIEVERT S.A.S.

Pablo Giraldo Giraldo

Licencia (Tecnología)
SV-003-M1 (TLD)
SV-004-M1 (BeOSL)

Tipo
- Cuerpo entero
- Extremidades
- Cristalino

Fecha de vencimiento
13-04-2025

Carrera 50 FF No. 8 sur - 27, Of. 512, Centro Empresarial 808

Medellín - Antioquia

(+604)3116065

gerente@sievert.com.co

Emergencias Radiológicas
Emergencias Radiológicas Colombia
Instalaciones Nucleares y Radiactivas del Servicio Geológico Colombiano
Instalación Responsable Autorización Teléfono Contacto

REACTOR NUCLEAR DE INVESTIGACIÓN - IAN R1

Héctor Julio Fierro Morales - Jaime Sandoval Lagos

IANR1-012-M1 Validez: 19-nov-2024

601 2200200 ext. 8058

jfierro@sgc.gov.co / jsandova@sgc.gov.co

PLANTA DE IRRADIACIÓN GAMMA

Héctor Julio Fierro Morales - Hernando Alberto Camargo García

PI-LCT-001 Instalación en Cese Temporal

601 2200200 ext. 3030

jfierro@sgc.gov.co / lrayo@sgc.gov.co

LABORATORIO DE ANÁLISIS POR ACTIVACIÓN NEUTRÓNICA/NEUTRONES RETARDADOS

Héctor Julio Fierro Morales - Óscar Alberto Sierra Arias

Notificación

601 2200200 ext. 8072

hcamargo@sgc.gov.co / osierra@sgc.gov.co

LABORATORIO SECUNDARIO DE CALIBRACIÓN DOSIMÉTRICA

Héctor Julio Fierro Morales - Lorena del Pilar Rayo Rocha

LSCD-002-M2 Validez: 23-mar-2025

601 2200200 ext. 2347

hcamargo@sgc.gov.co / janino@sgc.gov.co

ALMACÉN DE FUENTES EN DESUSO - ALMACÉN 1

Héctor Julio Fierro Morales - Hernando Alberto Camargo García

AFD-002-M2 Validez: 16-feb-2024

601 2200200 ext. 8013

gdr@sgc.gov.co / hcamargo@sgc.gov.co

INSTALACIÓN CENTRALIZADA PARA LA GESTIÓN DE DESECHOS RADIACTIVOS - ALMACÉN 2

Héctor Julio Fierro Morales - Hernando Alberto Camargo García

ICGDR-002-M2 Validez: 16-feb-2024

601 2200200 ext. 8013

gdr@sgc.gov.co - hcamargo@sgc.gov.co

Fuentes de radiación autorizadas para calibración de instrumentos para monitorización de Protección Radiológica
Instalación Responsable Autorización Contacto Fuente autorizada

INTERNATIONAL NUCLEAR INDUSTRY S.A.S

Laura Alejandra Díaz Reyes - Luisa Fernanda Reyes Moya

Notificación

+57 320 833 8031 - info@inicm.com

Cs-137 / 925MBq (14sep2021)

NUCLEAR SERVICE S.A.S. (No operativa)

Telmo Bravo Realpe - Guillermo Arturo Bravo Monroy

Registro NS-CLB-001 - Vence: 27-nov-2032

+57 316 023 5029 - info@nuclearservice.co

Cs-137 / 185GBq (Pendiente)

RADPROCT S.A.S

Lina Adriana Rodríguez Pulido - Uriel Odeima Chica Villegas

Registro RP-CLB-001-M1 - Vence: 17-sep-2030

+57 320 840 0618 - ventas@radproct.com

Cs-137/9,24GBq (08mar2021)

Análisis de Impacto Normativo

Plan de Actualización Normativa

El Grupo de Asuntos Nucleares para el periodo comprendido entre el 2018 y el 2022 tiene dentro de su agenda el desarrollo del proyecto de inversión "Fortalecimiento de la Autoridad Reguladora para el uso seguro de los materiales nucleares y radiactivos en el territorio nacional".

El objetivo principal de este proyecto busca el fortalecimiento del ejercicio de la Autoridad Reguladora Nuclear en el país, a partir de la actualización y mejora del marco normativo relacionado con el sector. Esto a través de la participación activa de los usuarios que utilizan materiales radiactivos y acorde con los lineamientos internacionales sobre el uso seguro de materiales nucleares y radiactivos, armonizando procesos regulatorios con otras autoridades nacionales con competencia en la materia

Antecedentes

El Gobierno Nacional en virtud de la Ley 16 de 1960 adopta el Estatuto del Organismo Internacional de Energía Atómica, suscrito en la Ciudad de New York el 26 de octubre de 1956, otorgando a Colombia la calidad de miembro del Organismo.

adopta el Estatuto del Organismo Internacional de Energía Atómica, suscrito en la Ciudad de New York el 26 de octubre de 1956, otorgando a Colombia la calidad de miembro del Organismo.

El Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), en cumplimiento de sus funciones constantemente expide Normas técnicas, guías de seguridad, reglamentos de seguridad y disposiciones complementarias relacionas la seguridad nuclear y la protección ambiental.

En atención a que El Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) ha actualizado su política frente a la seguridad nuclear, y sumado a la evolución de aspectos tecnológicos y socioeconómicos del país que influyen en la materia, El Grupo de Asuntos Nucleares del Ministerio de Minas y Energías, ha identificado la necesidad de plantear un plan de modificación, actualización y/o creación del marco regulatorio asociado al uso seguro de material nuclear y radiactivo en el país.

Análisis de Impacto Normativo

Energías, ha identificado la necesidad de plantear un plan de modificación, actualización y/o creación del marco regulatorio asociado al uso seguro de material nuclear y radiactivo en el país.

En este sentido el Análisis de Impacto Normativo es el proceso mediante el cual el Gobierno Nacional, busca determinar los criterios que permitan generar un proceso de evaluación donde se evidencien los impactos probables positivos y negativos que se generan como consecuencia de la propuesta o modificación de un reglamento técnico.

Aporte

El presente proceso pretende generar una mejor respuesta respecto a las iniciativas de mejora normativa, de acuerdo a lo estipulado en el CONPES 3816: "La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) describe la Mejora Normativa como una de las tres palancas que, conjuntamente con la política fiscal y monetaria, permiten una mejor administración de la economía, la implementación de políticas y la corrección o estímulo de comportamientos de los miembros de una sociedad".