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Fuentes No Convencionales de Energía Renovable - FNCER

La Ley 1715 de 2014 definió las Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER) como aquellos recursos de energía renovable disponibles a nivel mundial que son ambientalmente sostenibles, pero que en el país no son empleados o son utilizados de manera marginal y no se comercializan ampliamente.

Se consideran FNCER la biomasa, los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos (PCH), la eólica, la geotérmica, la solar y los mares. Además, la Ley de Transición Energética estableció como FNCE a otras fuentes como el hidrogeno verde y el hidrogeno azul.

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¿Cuáles son las Energías renovables no convencionales?
Hidrógeno
Hidrógeno

De conformidad con el artículo 2.2.7.2.2 del decreto 1073 de 2015, adicionado por el decreto 1597 de 2024, se tienen las siguientes definiciones:

Hidrógeno: Elemento químico y vector energético que se distingue por su alta densidad energética por unidad de masa, lo que permite su uso en diversas aplicaciones, ya sea en la fuente de energía y/o insumo, en sectores como el transporte, la industria, la generación de energía, la producción química, entre otros.

Hidrógeno de Bajas Emisiones: Se refiere a todo hidrógeno producido o extraído mediante tecnologías o métodos que generen bajos niveles de emisiones de carbono, independientemente del proceso utilizado. La clasificación como hidrógeno de bajas emisiones depende de que la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) sea menor o igual a los umbrales que establecerá el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Minas y Energía, según sus respectivas competencias.

El hidrógeno verde, azul y blanco, definidos en el artículo 5 de la Ley 1715 de 2014, modificada por la Ley 2099 de 2021 y la Ley 2294 de 2023 o la norma que lo modifique, sustituya o derogue, podrán considerarse incluidos dentro de la presente definición de hidrógeno de bajas emisiones, siempre que cumplan con el umbral de emisiones establecido para tal fin.

Hidrógeno Verde: Es el hidrógeno producido a partir de Fuentes No Convencionales de energía Renovable, tales como la biomasa, los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos, la eólica, el calor geotérmico, la solar, los mareomotriz, entre otros; y se considera FNCER.

Hidrógeno Azul: Es el hidrógeno que se produce a partir de combustibles fósiles, especialmente por la descomposición del metano (CH4) y que cuenta con un sistema de captura, uso y almacenamiento de carbono (CCUS), como parte de su proceso de producción y se considera FNCER.

Hidrógeno Blanco: Es el hidrógeno que se produce de manera natural, asociado a procesos geológicos en la corteza terrestre y que se encuentra en su forma natural como gas libre en diferentes ambientes geológicos ya sea en capas de la corteza continental, en la corteza oceánica, en gases volcánicos, y en sistemas hidrotermales, como en géiseres y se considera FNCER.

Conoce el marco normativo, publicaciones, proyectos, eventos y más sobre el hidrógeno en el país en:

ECOSISTEMA H2 COLOMBIA

Geotermia
Geotermia

La geotermia es el calor natural existente al interior de la Tierra. Este calor es una forma de energía que puede ser aprovechada por el hombre, esto es lo que se conoce como energía geotérmica

MARCO NORMATIVO Y ESTRATÉGICO

  • Decreto 1318 de 2022: Desde el MME se expidió este decreto por el cual se adicionó el Decreto 1073 de 2015, el Gobierno nacional adoptó los lineamientos con el objeto de incentivar la exploración y explotación del Recurso Geotérmico para la generación de energía eléctrica, así como para fomentar el conocimiento del subsuelo.
  • Resolución 40302 de 2022: Desde el MME se expidió esta Resolución por la cual se establecen los requisitos técnicos que regirán el Registro Geotérmico y los Permisos de exploración y explotación del Recurso Geotérmico con fines de generación de energía eléctrica.
  • Decreto 1598 de 2024: Desde el MME se expidió este decreto por el cual se modifica el Decreto 1073 de 2015, en relación con el desarrollo de actividades orientadas a la generación de energía eléctrica a través de geotermia. Se establecieron los siguientes lineamientos y disposiciones:
    • Flexibilizar el mecanismo de asignación de derechos para la exploración y explotación geotérmica.
    • Ampliar las disposiciones sobre coproducción de energía geotérmica con hidrocarburos.
    • Fortalecer el registro geotérmico y las condiciones para la inscripción y seguimiento de proyectos.
    • Garantizar acceso a la red eléctrica y mecanismos de mercado para fomentar la participación de la geotermia en el sistema energético.
    • Promover la participación comunitaria y el aprovechamiento del recurso para usos productivos y en cascada.

PERMISOS OTORGADOS

Permisos Para La Exploración Geotérmica Con Fines De Generación De Energía Eléctrica

  • Resolución Número 40161 del 14 de mayo 2024: El Ministerio de Minas y energía otorgó a la Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P. BIC (CHEC), permiso para la exploración geotérmica con fines de generación de energía eléctrica en el área denominada "Nereidas", ubicada en jurisdicción del municipio de Villamaría, departamento de Caldas. Este permiso, se enmarco en las disposiciones legales de la Resolución 40302 de 2022 y las normativas complementarias del Ministerio de Minas y Energía

Permisos De Explotación Geotérmica En La Modalidad De Coproducción

  • Resolución Número 40766 del 27 de diciembre de 2023: El Ministerio de Minas y Energía, mediante la Resolución Número 40766 del 27 de diciembre de 2023, otorgó un permiso de explotación geotérmica en la modalidad de coproducción a PAREX RESOURCES (COLOMBIA) AG SUCURSAL. Este permiso autoriza la generación de energía eléctrica a partir del recurso geotérmico en el área denominada “RUMBA”, ubicada en jurisdicción de los municipios de Aguazul y Maní, en el departamento de Casanare.
  • Resolución Número 40144 y 40145 de 2023: El Ministerio de Minas y Energía, mediante la Resolución Número 40144 y 40145 del 30 de abril de 2024, se concedió un permiso a ECOPETROL S.A. para la explotación del área denominada “APIAY”, localizada en los municipios de Acacías, Restrepo y Villavicencio, departamento del Meta. Por medio de la Resolución Número 40145 del 30 de abril de 2024, se otorgó a ECOPETROL S.A. un permiso para el área “CUBARRAL”, ubicada en los municipios de Acacías, Castilla La Nueva y Guamal, en el departamento del Meta. Estos proyectos representan avances significativos en la integración de fuentes de energía renovables en el sistema energético nacional.

PROYECTOS DE COOPERACION INTERNACIONAL

  • Proyecto De Cooperación Triangular “Resultados De La Aplicación De Metodología De Modelos De Aptitud Para Crear Mapa De Favorabilidad Geotérmica”: El experto Dr. Thomas Spehs brindó apoyo técnico a un equipo de trabajo integrado por representantes del Ministerio de Minas y Energía, el Servicio Geológico Colombiano (SGC), ECOPETROL y la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Juntos, llevaron a cabo la creación de un mapa de favorabilidad geotérmica utilizando la metodología de modelo de aptitud, con el fin de identificar áreas de interés geotérmico en Colombia Este análisis es crucial para Colombia porque, aunque ya se han identificado puntos favorables in situ en diversas regiones del país, actualmente no existe una metodología estandarizada y sistemática para identificar nuevos puntos con alta favorabilidad. Contar con una metodología como la presentada en la permitiría no solo validar las zonas ya conocidas, sino también identificar nuevas áreas potenciales, optimizando la toma de decisiones y garantizando un desarrollo más eficiente y sostenible en el país.

Consulta Geo-App con los resultados del proyecto.

Energía solar
Energía solar

Energía obtenida a partir de aquella fuente no convencional de energía renovable que consiste en la radiación electromagnética proveniente del sol.

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Energía eólica
Energía eólica

Energía obtenida a partir de aquella fuente no convencional de energía renovable que consiste en el movimiento de las masas de aire. También es FNCER la energía eólica costa afuera

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Energía de los pequeños aprovechamientos hidroeléctrica (PCH)
Energía de los pequeños aprovechamientos hidroeléctrica (PCH)

Energía obtenida a partir de aquella fuente no convencional de energía renovable que se basa en los cuerpos de agua a pequeña escala.

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Energía de los mares
Energía de los mares

Energía obtenida a partir de aquella fuente no convencional de energía renovable que comprende fenómenos naturales marinos como lo son las mareas, el oleaje, las corrientes marinas, los gradientes térmicos oceánicos y los gradientes de salinidad, entre otros posibles.

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Energía a partir de residuos
Energía a partir de residuos

La Ley 1715 de 2014 establece como FNCER el contenido energético de los residuos sólidos que no sean susceptibles de reutilización y reciclaje. Es considerado como FNCER el contenido energético tanto de la fracción biodegradable, como de la fracción de combustible de los residuos de biomasa.

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Hidrógeno

De conformidad con el artículo 2.2.7.2.2 del decreto 1073 de 2015, adicionado por el decreto 1597 de 2024, se tienen las siguientes definiciones:

Hidrógeno: Elemento químico y vector energético que se distingue por su alta densidad energética por unidad de masa, lo que permite su uso en diversas aplicaciones, ya sea en la fuente de energía y/o insumo, en sectores como el transporte, la industria, la generación de energía, la producción química, entre otros.

Hidrógeno de Bajas Emisiones: Se refiere a todo hidrógeno producido o extraído mediante tecnologías o métodos que generen bajos niveles de emisiones de carbono, independientemente del proceso utilizado. La clasificación como hidrógeno de bajas emisiones depende de que la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) sea menor o igual a los umbrales que establecerá el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Minas y Energía, según sus respectivas competencias.

El hidrógeno verde, azul y blanco, definidos en el artículo 5 de la Ley 1715 de 2014, modificada por la Ley 2099 de 2021 y la Ley 2294 de 2023 o la norma que lo modifique, sustituya o derogue, podrán considerarse incluidos dentro de la presente definición de hidrógeno de bajas emisiones, siempre que cumplan con el umbral de emisiones establecido para tal fin.

Hidrógeno Verde: Es el hidrógeno producido a partir de Fuentes No Convencionales de energía Renovable, tales como la biomasa, los pequeños aprovechamientos hidroeléctricos, la eólica, el calor geotérmico, la solar, los mareomotriz, entre otros; y se considera FNCER.

Hidrógeno Azul: Es el hidrógeno que se produce a partir de combustibles fósiles, especialmente por la descomposición del metano (CH4) y que cuenta con un sistema de captura, uso y almacenamiento de carbono (CCUS), como parte de su proceso de producción y se considera FNCER.

Hidrógeno Blanco: Es el hidrógeno que se produce de manera natural, asociado a procesos geológicos en la corteza terrestre y que se encuentra en su forma natural como gas libre en diferentes ambientes geológicos ya sea en capas de la corteza continental, en la corteza oceánica, en gases volcánicos, y en sistemas hidrotermales, como en géiseres y se considera FNCER.

Conoce el marco normativo, publicaciones, proyectos, eventos y más sobre el hidrógeno en el país en:

ECOSISTEMA H2 COLOMBIA

Geotermia

La geotermia es el calor natural existente al interior de la Tierra. Este calor es una forma de energía que puede ser aprovechada por el hombre, esto es lo que se conoce como energía geotérmica

MARCO NORMATIVO Y ESTRATÉGICO

  • Decreto 1318 de 2022: Desde el MME se expidió este decreto por el cual se adicionó el Decreto 1073 de 2015, el Gobierno nacional adoptó los lineamientos con el objeto de incentivar la exploración y explotación del Recurso Geotérmico para la generación de energía eléctrica, así como para fomentar el conocimiento del subsuelo.
  • Resolución 40302 de 2022: Desde el MME se expidió esta Resolución por la cual se establecen los requisitos técnicos que regirán el Registro Geotérmico y los Permisos de exploración y explotación del Recurso Geotérmico con fines de generación de energía eléctrica.
  • Decreto 1598 de 2024: Desde el MME se expidió este decreto por el cual se modifica el Decreto 1073 de 2015, en relación con el desarrollo de actividades orientadas a la generación de energía eléctrica a través de geotermia. Se establecieron los siguientes lineamientos y disposiciones:
    • Flexibilizar el mecanismo de asignación de derechos para la exploración y explotación geotérmica.
    • Ampliar las disposiciones sobre coproducción de energía geotérmica con hidrocarburos.
    • Fortalecer el registro geotérmico y las condiciones para la inscripción y seguimiento de proyectos.
    • Garantizar acceso a la red eléctrica y mecanismos de mercado para fomentar la participación de la geotermia en el sistema energético.
    • Promover la participación comunitaria y el aprovechamiento del recurso para usos productivos y en cascada.

PERMISOS OTORGADOS

Permisos Para La Exploración Geotérmica Con Fines De Generación De Energía Eléctrica

  • Resolución Número 40161 del 14 de mayo 2024: El Ministerio de Minas y energía otorgó a la Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P. BIC (CHEC), permiso para la exploración geotérmica con fines de generación de energía eléctrica en el área denominada "Nereidas", ubicada en jurisdicción del municipio de Villamaría, departamento de Caldas. Este permiso, se enmarco en las disposiciones legales de la Resolución 40302 de 2022 y las normativas complementarias del Ministerio de Minas y Energía

Permisos De Explotación Geotérmica En La Modalidad De Coproducción

  • Resolución Número 40766 del 27 de diciembre de 2023: El Ministerio de Minas y Energía, mediante la Resolución Número 40766 del 27 de diciembre de 2023, otorgó un permiso de explotación geotérmica en la modalidad de coproducción a PAREX RESOURCES (COLOMBIA) AG SUCURSAL. Este permiso autoriza la generación de energía eléctrica a partir del recurso geotérmico en el área denominada “RUMBA”, ubicada en jurisdicción de los municipios de Aguazul y Maní, en el departamento de Casanare.
  • Resolución Número 40144 y 40145 de 2023: El Ministerio de Minas y Energía, mediante la Resolución Número 40144 y 40145 del 30 de abril de 2024, se concedió un permiso a ECOPETROL S.A. para la explotación del área denominada “APIAY”, localizada en los municipios de Acacías, Restrepo y Villavicencio, departamento del Meta. Por medio de la Resolución Número 40145 del 30 de abril de 2024, se otorgó a ECOPETROL S.A. un permiso para el área “CUBARRAL”, ubicada en los municipios de Acacías, Castilla La Nueva y Guamal, en el departamento del Meta. Estos proyectos representan avances significativos en la integración de fuentes de energía renovables en el sistema energético nacional.

PROYECTOS DE COOPERACION INTERNACIONAL

  • Proyecto De Cooperación Triangular “Resultados De La Aplicación De Metodología De Modelos De Aptitud Para Crear Mapa De Favorabilidad Geotérmica”: El experto Dr. Thomas Spehs brindó apoyo técnico a un equipo de trabajo integrado por representantes del Ministerio de Minas y Energía, el Servicio Geológico Colombiano (SGC), ECOPETROL y la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). Juntos, llevaron a cabo la creación de un mapa de favorabilidad geotérmica utilizando la metodología de modelo de aptitud, con el fin de identificar áreas de interés geotérmico en Colombia Este análisis es crucial para Colombia porque, aunque ya se han identificado puntos favorables in situ en diversas regiones del país, actualmente no existe una metodología estandarizada y sistemática para identificar nuevos puntos con alta favorabilidad. Contar con una metodología como la presentada en la permitiría no solo validar las zonas ya conocidas, sino también identificar nuevas áreas potenciales, optimizando la toma de decisiones y garantizando un desarrollo más eficiente y sostenible en el país.

Consulta Geo-App con los resultados del proyecto.

Energía solar

Energía obtenida a partir de aquella fuente no convencional de energía renovable que consiste en la radiación electromagnética proveniente del sol.

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Energía eólica

Energía obtenida a partir de aquella fuente no convencional de energía renovable que consiste en el movimiento de las masas de aire. También es FNCER la energía eólica costa afuera

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Energía de los pequeños aprovechamientos hidroeléctrica (PCH)

Energía obtenida a partir de aquella fuente no convencional de energía renovable que se basa en los cuerpos de agua a pequeña escala.

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Energía de los mares

Energía obtenida a partir de aquella fuente no convencional de energía renovable que comprende fenómenos naturales marinos como lo son las mareas, el oleaje, las corrientes marinas, los gradientes térmicos oceánicos y los gradientes de salinidad, entre otros posibles.

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Energía a partir de residuos

La Ley 1715 de 2014 establece como FNCER el contenido energético de los residuos sólidos que no sean susceptibles de reutilización y reciclaje. Es considerado como FNCER el contenido energético tanto de la fracción biodegradable, como de la fracción de combustible de los residuos de biomasa.

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FNCER en Colombia
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El parque de generación en Colombia está compuesto principalmente por proyectos de generación convencionales, tales como las plantas hidroeléctricas y térmicas, siendo las hidroeléctricas1 las más abundantes dentro de este.

La participación de las FNCER típicamente ha sido minoritaria, no obstante, gracias a las políticas públicas del gobierno nacional se ha venido incrementando significativamente en los últimos años la participación de proyectos solares, pequeñas centrales hidroeléctricas, de biomasa, eólicos, entre otros.

Subastas
Recursos Energéticos Distribuidos

Recursos energéticos que pueden ser gestionados de forma automática o manual, instalados cerca de los centros de consumo, conectados a la red de distribución, con posibilidad de inyectar energía, consumir energía o proveer servicios complementarios a la red de forma dinámica. Dentro de los DERs se incluyen la respuesta de la demanda, los vehículos eléctricos, la Generación Distribuida, los Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica y la Autogeneración a Pequeña y Gran Escala conectados a la red de distribución, entre otros

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¿Cuáles son los Recursos Energéticos Distribuidos?
Autogenerador a gran escala (AGGE)
Autogenerador a gran escala (AGGE)

Usuario que produce energía eléctrica, principalmente para atender sus propias necesidades, sin utilizar activos de uso de distribución y/o transmisión, y con una capacidad instalada del sistema de autogeneración superior al límite definido en el artículo primero de la Resolución UPME 281 de 2015, o aquella que la modifique o sustituya.

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Autogenerador a pequeña escala (AGPE)
Autogenerador a pequeña escala (AGPE)

Usuario que produce energía eléctrica, principalmente para atender sus propias necesidades, sin utilizar activos de uso de distribución y/o transmisión, y con una capacidad instalada del sistema de autogeneración igual o inferior al límite definido en el artículo primero de la Resolución UPME 281 de 2015, o aquella que la modifique o sustituya.

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Generador distribuido (GD)
Generador distribuido (GD)

Empresa de Servicios Públicos (ESP) que genera energía eléctrica con una planta con capacidad instalada o nominal de generación menor a 1MW, y que se encuentra instalada cerca de los centros de consumo, conectada al Sistema de Distribución Local (SDL)

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Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica (SAE)
Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica (SAE)

Equipamiento tecnológico capaz de tomar energía desde el sistema eléctrico o un recurso energético propio, transformarla en otro tipo de energía (química, potencial, térmica, entre otras) y almacenarla con el objetivo de inyectarla nuevamente al sistema eléctrico.

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Respuesta de la demanda (RD)
Respuesta de la demanda (RD)

Está dada como cambios en el consumo de energía eléctrica por parte del consumidor, con respecto a un patrón usual de consumo, en respuesta a precios o incentivos diseñados para inducir bajos consumos.

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Vehículos eléctricos
Vehículos eléctricos

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Autogenerador a gran escala (AGGE)

Usuario que produce energía eléctrica, principalmente para atender sus propias necesidades, sin utilizar activos de uso de distribución y/o transmisión, y con una capacidad instalada del sistema de autogeneración superior al límite definido en el artículo primero de la Resolución UPME 281 de 2015, o aquella que la modifique o sustituya.

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Autogenerador a pequeña escala (AGPE)

Usuario que produce energía eléctrica, principalmente para atender sus propias necesidades, sin utilizar activos de uso de distribución y/o transmisión, y con una capacidad instalada del sistema de autogeneración igual o inferior al límite definido en el artículo primero de la Resolución UPME 281 de 2015, o aquella que la modifique o sustituya.

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Generador distribuido (GD)

Empresa de Servicios Públicos (ESP) que genera energía eléctrica con una planta con capacidad instalada o nominal de generación menor a 1MW, y que se encuentra instalada cerca de los centros de consumo, conectada al Sistema de Distribución Local (SDL)

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Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica (SAE)

Equipamiento tecnológico capaz de tomar energía desde el sistema eléctrico o un recurso energético propio, transformarla en otro tipo de energía (química, potencial, térmica, entre otras) y almacenarla con el objetivo de inyectarla nuevamente al sistema eléctrico.

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Respuesta de la demanda (RD)

Está dada como cambios en el consumo de energía eléctrica por parte del consumidor, con respecto a un patrón usual de consumo, en respuesta a precios o incentivos diseñados para inducir bajos consumos.

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Vehículos eléctricos

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