Medidas transitorias de distribución de combustibles en algunos departamentos
En cumplimiento de lo señalado en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con lo previsto en el inciso 2 del artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015, sustituido por el artículo 1 del Decreto 270 de 2017 y las resoluciones 4 0310 y 4 1304 de 2017, se pública para participación ciudadana el proyecto de Resolución "Por la cual se adoptan medidas transitorias en relación con el régimen de libertad para la fijación del margen del distribuidor mayorista y minorista de combustibles líquidos, en los departamentos de Antioquia, Caldas, Chocó, Quindío, Risaralda, Meta, Valle del Cauca, Cauca y Nariño y se establecen otras disposiciones" , con el objeto de recibir observaciones y comentarios.
Sector:
Hidrocarburos
Fecha Inicio: 17 de Junio de 2019
Fecha Fin: 18 de Junio de 2019