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Notificaciones Disciplinarias

Teniendo en cuenta la declaratoria de estado de emergencia económica, social y ecológica decretada por el Gobierno Nacional y con el fin de llevar a cabo la notificación de los actos administrativos proferidos por el Ministerio de Minas y Energía, se ha habilitado este espacio para la fijación de edictos y avisos con el fin de garantizar los derechos al debido proceso y de contradicción y defensa de los disciplinados.

Oficina de Control Disciplinario Interno

Hace saber:

Que de conformidad con los artículos 120 y siguientes del Código General Disciplinario, a continuación, se procede a notificar:

ESTADO ELECTRONICO: De esta forma se notificarán el auto de cierre de la investigación y traslado para alegatos precalificatorios y el traslado del dictamen pericial para la etapa de investigación.

Vigencia del estado electrónico: Un (01) día hábil para notificar la providencia

EDICTO: De esta forma se notificarán los autos de apertura de investigación disciplinaria, el de vinculación, el pliego de cargos y su variación y los fallos de instancia que no puedan notificarse en forma personal.

Vigencia del edicto: Tres (03) días hábiles para notificar la providencia.